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miércoles, 23 de abril de 2014

Ciberguerra

Ciberguerra en el siglo XXI


Forbes - ‎miércoles‎, ‎23‎ de ‎abril‎ de ‎2014
  En este siglo el concepto de ciberguerra toma fuerza con el desarrollo tecnológico, los espacios de los conflictos no son ya territoriales sino virtuales.

Dédalo, padre de Ícaro y constructor del laberinto de Creta, para escapar de esta isla, le pidió a Ícaro que lo ayudara a construir unas alas con cera y plumas, de esta forma evitarían a Minos, quien controlaba la tierra y el mar. Le advirtió a su hijo antes de emprender el vuelo que no sobrevolará demasiado bajo para no humedecer sus alas con el agua del mar, y que tampoco volase tan alto que el sol pudiese derretir la cera con la que pegaron las plumas. Ícaro desobedeció y voló muy alto, el calor del sol derritió la cera y se quedó sin alas, pereció ahogado en el mar.

A principios del siglo XX los hermanos Wright inventaron el primer aeroplano, y aquello que entre mitología griega y experimentos tomase siglos para descubrir el vuelo humano, requirió tan sólo diez años para que, en cambio, se decidiera que los aviones podían utilizarse en las guerras. El avance científico puede tener derivaciones positivas o negativas.

En este siglo toma fuerza con el desarrollo tecnológico, el concepto de ciberguerra, los espacios de los conflictos no son ya territoriales sino virtuales. Se ha querido reconocer en los Convenios de Ginebra de 1949, particularmente en lo relativo a la protección de víctimas de conflictos armados internacionales, como el marco legal de esta nueva clase de conceptos y con la debida adecuación de sus términos, incluidos los principios de necesidad, proporcionalidad, precaución y distinción que provienen de la costumbre internacional.

Sin embargo esto no es suficiente, pues ante el margen de error de equipos dirigidos mediante computadoras, o por ciberoperaciones que se conducen vía software o hardware, la aplicación del Derecho Internacional Humanitario (DIH), que limita los métodos de guerra, sigue siendo tema de debate, sin embargo deben tomarse en cuenta los principios aceptados por este derecho bajo el derecho consuetudinario y que son: distinción, proporcionalidad, necesidad y precaución.

Medir el impacto de los ciberataques es complejo, como demostró el virus stuxnet que en 2010 afecto a Irán en sus programas de enriquecimiento de uranio, a la vez que expone la debilidad del concepto de responsabilidad internacional, pues quien opera esta clase de “armas” lo hace en su calidad de civil, pero deja de serlo en el momento que conduce o toma parte directa  en la conducción de hostilidades, este civil se convierte entonces en un objeto letal o bien en un potencial criminal, perdiendo su protección incluso como combatiente de acuerdo a los Convenios de Ginebra, lo que lleva a la reflexión de cómo aplica el derecho en la directa participación de las hostilidades en la ciberguerra.

Por otra parte es difícil en caso de una ciberguerra determinar quién inició el ataque y la atribución de la responsabilidad estatal o individual, como demostró el virus stuxnet.

Paralelamente al concepto de ciberguerra, encontramos el del ciberespionaje y el de los ciberataques,  que tratan de ser regulados a través de la interpretación de la Carta de Naciones Unidas y los Convenios de Ginebra, pero su relevancia aun no es clara en el ciberespacio que es nuevo comparado a estos instrumentos.

La clave del siglo XXI en todo caso es la información, los individuos se han vuelto  dependientes de las tecnologías de la información y de la tecnología en general, incluso aquellos que actúan al margen de la legalidad, grupos criminales y de terroristas, con fines de reclutamiento, entretenimiento o comunicación. La ciberguerra, los ciberataques, y el ciberespionaje, se sirven de ésta para la realización de sus fines, atentando contra la seguridad nacional, el problema está en determinar el origen de estos ataques cuyo equipo puede estar instalado en un tercer estado y no necesariamente en el que padece el daño, puede incluso localizarse en un tercer estado, y ser controlada por un sujeto en otro estado. La atribución de la responsabilidad se diluye.


El tema de la ciberguerra plantea nuevos retos a las sociedades, en particular a los estados, quienes deben velar por la seguridad de sus poblaciones, y éstas involucrarse más en estos temas que plantean no sólo dilemas éticos y legales, sino que atentan contra los principios de la humanidad.

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