Ciberguerra en el siglo XXI
Forbes - miércoles, 23 de
abril de 2014
En este
siglo el concepto de ciberguerra toma fuerza con el desarrollo tecnológico, los
espacios de los conflictos no son ya territoriales sino virtuales.
Dédalo, padre de Ícaro y
constructor del laberinto de Creta, para escapar de esta isla, le pidió a Ícaro
que lo ayudara a construir unas alas con cera y plumas, de esta forma evitarían
a Minos, quien controlaba la tierra y el mar. Le advirtió a su hijo antes de
emprender el vuelo que no sobrevolará demasiado bajo para no humedecer sus alas
con el agua del mar, y que tampoco volase tan alto que el sol pudiese derretir
la cera con la que pegaron las plumas. Ícaro desobedeció y voló muy alto, el
calor del sol derritió la cera y se quedó sin alas, pereció ahogado en el mar.
A principios del siglo XX los
hermanos Wright inventaron el primer aeroplano, y aquello que entre mitología
griega y experimentos tomase siglos para descubrir el vuelo humano, requirió
tan sólo diez años para que, en cambio, se decidiera que los aviones podían
utilizarse en las guerras. El avance científico puede tener derivaciones
positivas o negativas.
En este siglo toma fuerza con el
desarrollo tecnológico, el concepto de ciberguerra, los espacios de los
conflictos no son ya territoriales sino virtuales. Se ha querido reconocer en
los Convenios de Ginebra de 1949, particularmente en lo relativo a la
protección de víctimas de conflictos armados internacionales, como el marco
legal de esta nueva clase de conceptos y con la debida adecuación de sus
términos, incluidos los principios de necesidad, proporcionalidad, precaución y
distinción que provienen de la costumbre internacional.
Sin embargo esto no es
suficiente, pues ante el margen de error de equipos dirigidos mediante
computadoras, o por ciberoperaciones que se conducen vía software o hardware,
la aplicación del Derecho Internacional Humanitario (DIH), que limita los
métodos de guerra, sigue siendo tema de debate, sin embargo deben tomarse en
cuenta los principios aceptados por este derecho bajo el derecho
consuetudinario y que son: distinción, proporcionalidad, necesidad y
precaución.
Medir el impacto de los
ciberataques es complejo, como demostró el virus stuxnet que en 2010 afecto a
Irán en sus programas de enriquecimiento de uranio, a la vez que expone la
debilidad del concepto de responsabilidad internacional, pues quien opera esta
clase de “armas” lo hace en su calidad de civil, pero deja de serlo en el
momento que conduce o toma parte directa
en la conducción de hostilidades, este civil se convierte entonces en un
objeto letal o bien en un potencial criminal, perdiendo su protección incluso
como combatiente de acuerdo a los Convenios de Ginebra, lo que lleva a la
reflexión de cómo aplica el derecho en la directa participación de las
hostilidades en la ciberguerra.
Por otra parte es difícil en caso
de una ciberguerra determinar quién inició el ataque y la atribución de la responsabilidad
estatal o individual, como demostró el virus stuxnet.
Paralelamente al concepto de
ciberguerra, encontramos el del ciberespionaje y el de los ciberataques, que tratan de ser regulados a través de la
interpretación de la Carta de Naciones Unidas y los Convenios de Ginebra, pero
su relevancia aun no es clara en el ciberespacio que es nuevo comparado a estos
instrumentos.
La clave del siglo XXI en todo
caso es la información, los individuos se han vuelto dependientes de las tecnologías de la
información y de la tecnología en general, incluso aquellos que actúan al
margen de la legalidad, grupos criminales y de terroristas, con fines de
reclutamiento, entretenimiento o comunicación. La ciberguerra, los
ciberataques, y el ciberespionaje, se sirven de ésta para la realización de sus
fines, atentando contra la seguridad nacional, el problema está en determinar
el origen de estos ataques cuyo equipo puede estar instalado en un tercer
estado y no necesariamente en el que padece el daño, puede incluso localizarse
en un tercer estado, y ser controlada por un sujeto en otro estado. La
atribución de la responsabilidad se diluye.
El tema de la ciberguerra plantea
nuevos retos a las sociedades, en particular a los estados, quienes deben velar
por la seguridad de sus poblaciones, y éstas involucrarse más en estos temas
que plantean no sólo dilemas éticos y legales, sino que atentan contra los
principios de la humanidad.
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