Estrés laboral y porqué es normativo atenderlo
FORBES- 21 de mayo de 2019
La puesta en marcha de la NOM 035
por parte de la STPS es, sin duda, una acción acertada. La prevención y control
de los factores de riesgo psicosociales en las organizaciones es necesaria.
Es ardua la competitividad entre
las empresas. Con ellas crecen las demandas a los colaboradores, lo que implica
todo tipo de presiones. Ahí está el caldo de cultivo del estrés laboral,
trastorno psicosocial que afecta los individuos y repercute en la productividad
de las empresas.
Según la Organización Mundial de
la Salud (OMS), México tiene un 75% de prevalencia de estrés en su fuerza
laboral, lo que lo coloca en un primer peldaño por encima de las primeras
economías del mundo, como China (73%) o Estados Unidos (59%).
Es necesario que en las empresas
se tome conciencia acerca de este factor de riesgo psicosocial y sus
consecuencias, pues de acuerdo con la OMS, en 2020 será la principal causa de
baja laboral. La consultora AON agrega que este trastorno ocasiona pérdidas por
16 mil millones de pesos anuales en el sector productivo del país.
En la última década en nuestro
país la ansiedad, el estrés y la depresión se han convertido en padecimientos
comunes para los trabajadores de distintas ramas productivas. En el afán de
adaptarse a los efectos de la globalización, las empresas han implementado
malas prácticas y procesos organizacionales en los que es claro que se dejó de
ver que el activo más importante de las empresas son sus colaboradores.
Esto obligó al gobierno mexicano,
a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a establecer
pautas para identificar y tratar estas alteraciones con la NOM 035, que será
obligatoria, en su cumplimiento, a partir de octubre de este año.
Aunque es cierto que el ser
humano suele vivir cierto grado de estrés de manera común, como el nervio del
actor antes de entrar a escena, o del deportista antes de que inicie su
competencia, el problema está cuando la presión es constante, persistente y en
aumento, y no ofrece espacios y momentos de relajación.
El estrés laboral se manifiesta
sobre todo de dos formas: como adicción al trabajo (workaholic o trabajolismo)
y el síndrome del quemado o de burnout.
La adicción al trabajo es
frecuente entre colaboradores que muestran un compromiso desmedido a la
organización; el padecimiento se incrementa con la tecnología. El workoholic
suele desarrollar estrés, problemas familiares y personales, gastritis,
colitis, problemas cardiovsculares e insomnio.
En el otro extremo está el
Síndrome del quemado o burnout: el agotamiento físico, emocional y mental en el
que las personas pierden interés por sus tareas, tienen una autoestima
menoscabada y padecen profundas depresiones.
Algunas medidas para la atención
del estrés según la OMS son: redefinición del trabajo mediante la modificación
de exigencias laborales, asegurarse que los empleados obtengan los
conocimientos y capacidades necesarias, aumento del control que ejerce el
empleado sobre su trabajo, aumento de calidad y cantidad de apoyo que recibe el
empleado, capacitación en gestión del estrés, ergonomía y diseño ambiental,
perfeccionamiento de la gestión y perfeccionamiento institucional.
La puesta en marcha de la NOM 035
por parte de la STPS es, sin duda, una acción acertada. La prevención y control
de los factores de riesgo psicosociales en las organizaciones es necesaria y el
gran reto será vigilar el cumplimiento de esta norma.
La tarea no es fácil, ya que
hablamos de un universo de casi 5 millones de empresas existentes en nuestro
país. No es suficiente que solo las grandes organizaciones se apeguen a lo que
dicta la norma, recordemos que más del 70 % de la fuerza productiva mexicana
labora en la denominadas Pymes.
El estrés laboral pide una
reflexión compartida entre dirigentes y colaboradores, que busque dinámicas y
contrapesos a las demandas laborales. Se debe distinguir entre tener compromiso
y alcanzar objetivos, y desarrollar un trastorno que vaya contra la salud
física o mental.
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