Impresión 3D y daño a la
propiedad intelectual
FORBES- 28 de noviembre de 2018
Debemos cuidar los Derechos de
Autor de quien hizo el diseño, la patente de quien tiene la plataforma o el
software para imprimir y dejar bien claro el tema de los derechos morales.
¿Cuántos negocios han quebrado
tras no haber seguido las tenencias de un mercado cambiante?
Existen infinidad de ejemplos;
sin embargo, la evolución de los negocios tiene que ver con necesidades del
consumidor, nuevas tecnologías, innovación y desarrollos que, en conjunto,
suman o contienen derechos de Propiedad Intelectual e Industrial.
Recordemos el caso de
Blockbuster, el antiguo rey de las rentas de películas al que le tocó subsistir
por más de 20 años a distintos cambios de tecnología, al menos en lo que a los
sistemas de almacenamiento y reproducción respecta, como el cambio de Beta al
VHS (formatos de video casete), luego al DVD y por último al Blue-ray.
No obstante, esas no fueron las
tecnologías que orillaron a cerrar este negocio, sino la distribución de
contenido digital bajo demanda y los sistemas de streaming. Fue la falta de
visión de negocio de Bluckbuster para incluirse en la nueva tecnología de
transmisión de contenidos directos al usuario.
Sin embargo, y a pesar de la gran
tecnología que esto implica, lo más importante es el contenido licenciado y
protegido legalmente. Series, conciertos, shows y películas, por las que la
gente paga su estadía en esas plataformas y que significan la seguridad de
obtener el programa o evento que se desea, original, legal y sin alteraciones.
Este ejemplo refleja la
importancia de ofrecer un servicio innovador, pero sobre todo que labora con
políticas adecuadas a la correcta explotación de Derechos de Propiedad
Intelectual.
Y es así como otra de estas
nuevas tecnologías disruptivas, como lo es la impresión 3D, pueden ayudar a cambiar
muchos negocios e industrias para mejorar los procesos, tiempos y costos.
En este caso, la impresión 3D no
es una empresa en sí, sino una tecnología que puede ser utilizada y aplicada a
distintos modelos de negocio e industrias, como la fabricación o manufactura de
bienes, desde un producto terminado, una refacción o un juguete, pero también
habrá que tener consideraciones de índole regulatoria, de calidad, y de
Propiedad Intelectual e Industrial.
En un ejemplo práctico, un
producto o una máquina sería fabricado tradicionalmente, quizá, desde la
transformación de la materia prima, después llevado a un centro de
transformación y ensamblado, exportado a otros países para su comercialización
e incluso almacenado en lo que son trasladados a las tiendas mayoristas o
minoristas, donde todavía estarán en distribución al menos un par de días, si
no es que más.
En dicho proceso tradicional,
podemos ubicar distintas partes o personas involucradas en el negocio de la
venta de un producto o máquina.
Sin embargo, con la impresión 3D
la cadena de creación y distribución del producto es distinta, Debido a que un
autor puede generar un diseño en un formato específico y transmitirlo mediante
un correo electrónico o compartiéndolo en la nube para que otra persona en cualquier
parte del mundo, descargue dicho archivo y lo ingrese como base para utilizar
en una (o varias) impresora 3D para obtener un producto terminado, sin largos
procesos de espera, sin regulaciones de calidad, sin protección legal del
producto y, posiblemente, sin haber comprado el producto que finalmente
imprimió.
Parece sencillo, pero son esas
implicaciones de las que hablaba anteriormente tan importantes no sólo para
cuidar, sino también para proteger e incluso legislar, pues existen derechos o
riesgos que probablemente no se consideran al realizar este tipo de
operaciones.
La realidad es que no hay que
frenar dicha oportunidad de tener un comercio más veloz, abierto, sin fronteras
u obstáculos, pero como siempre, hay que hacer las cosas bien, es decir,
legislando alrededor de las nuevas tecnologías que permitan certidumbre a los
consumidores. Tanto los derechos de autores como de los titulares de Marcas,
Patentes y/o Diseños Industriales pueden verse infringidos debido a todas las
facilidades que la impresión 3D ofrece.
Debemos cuidar los Derechos de
Autor de quien hizo el diseño, la patente de quien tiene la plataforma o el
software para imprimir y dejar bien claro el tema de los derechos morales y
patrimoniales del producto impreso. No menos importante, cuidar la calidad y la
verificación regulatoria de las impresoras para que tengamos la certeza de que
lo que están imprimiendo es completamente seguro y legal.
Es más, se podrían estar
infringiendo derechos de terceros al estar “diseñando” un nuevo producto para
3D que, quizá ya esté protegido mediante algún diseño industrial o hasta una
patente, sin olvidar, claro, a las marcas tridimensionales.
Acercarse a un experto en
Propiedad Intelectual e Industrial siempre valdrá la pena para garantizar que
no se están invadiendo los derechos de terceros y para que los titulares de
derechos de PII conozcan y aprovechen los beneficios de la impresión 3D para
atraer e interactuar con los consumidores.
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