ATENCION BURGA
EL Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD), luego de haber tomado conocimiento de las observaciones planteadas al proceso electoral de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), por parte de los clubes Alianza Lima, Universidad San Martín de Porres, Coronel Bolognesi FC y Sport Boys Association –órganos de base de la FPF- y luego de la deliberación correspondiente, acordó lo siguiente:
1. Declarar unánimemente que el IPD no reconocerá la elección de la Junta de la FPF que preside el doctor Manuel Burga Seoane y no la inscribirá en el registro correspondiente.
2. Al amparo del artículo 3º de la Ley 28523 –Ley que modifica la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte-, el Consejo Directivo ha designado un Grupo de Trabajo que propondrá a los miembros de la Comisión Transitoria para la FPF. Dicha propuesta le será entregada al Consejo Directivo en un plazo no mayor de 15 días.
3. El Grupo de Trabajo está conformado por los señores Juan Sotomayor García, Ricardo Valderrama Corzo y Edmundo Jaramillo Orbegoso, quienes son miembros del Consejo Directivo del IPD.
4. Enviar a la FIFA un documento que contenga los argumentos de la posición peruana.
5. Cabe mencionar que el procedimiento adoptado es el mismo que fue usado en los casos de otras federaciones deportivas.
El Consejo Directivo del IPD reitera que en su decisión prevalece el estricto cumplimiento de la ley peruana.
Lima, 8 de noviembre de 2007
EL Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD), luego de haber tomado conocimiento de las observaciones planteadas al proceso electoral de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), por parte de los clubes Alianza Lima, Universidad San Martín de Porres, Coronel Bolognesi FC y Sport Boys Association –órganos de base de la FPF- y luego de la deliberación correspondiente, acordó lo siguiente:
1. Declarar unánimemente que el IPD no reconocerá la elección de la Junta de la FPF que preside el doctor Manuel Burga Seoane y no la inscribirá en el registro correspondiente.
2. Al amparo del artículo 3º de la Ley 28523 –Ley que modifica la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte-, el Consejo Directivo ha designado un Grupo de Trabajo que propondrá a los miembros de la Comisión Transitoria para la FPF. Dicha propuesta le será entregada al Consejo Directivo en un plazo no mayor de 15 días.
3. El Grupo de Trabajo está conformado por los señores Juan Sotomayor García, Ricardo Valderrama Corzo y Edmundo Jaramillo Orbegoso, quienes son miembros del Consejo Directivo del IPD.
4. Enviar a la FIFA un documento que contenga los argumentos de la posición peruana.
5. Cabe mencionar que el procedimiento adoptado es el mismo que fue usado en los casos de otras federaciones deportivas.
El Consejo Directivo del IPD reitera que en su decisión prevalece el estricto cumplimiento de la ley peruana.
Lima, 8 de noviembre de 2007
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