Protección de datos personales como un activo
en tu negocio
Forbes - martes, 11 de noviembre de 2014
El incumplimiento de las normas sobre
protección de datos personales incrementa el riesgo de vulneraciones, afectando
a clientes y su confianza en tu empresa.
La Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de los Particulares fue expedida hace cuatro años, y aún
hoy día gran cantidad de empresas y personas obligadas a observar sus
disposiciones y las de su Reglamento no han tomado acciones adecuadas para
cumplir con dichos ordenamientos. Luego de algunos años de trabajar y dar
conferencias sobre la materia en distintos foros, comparto con varios colegas
la impresión de que no se ha tomado conciencia de la importancia y valor del
tema, motivo por el cual aprovecho esta oportunidad para comunicar algunas
ideas al respecto.
La protección de datos personales (o la falta
de) puede impactar a la empresa
Forbes reportó sobre la filtración de
fotografías íntimas de múltiples celebridades almacenadas en la “nube” de
Apple, incidente llamado CelebGate, ocurrido días antes del lanzamiento del
iPhone 6 y el Apple Watch, y que motivó temores sobre cómo podría afectar a la
empresa. Hace tres años, el robo de información de usuarios de Sony PlayStation
impactó negativamente sus acciones en un 6%; el año pasado, el robo de
información de clientes de la minorista estadounidense Target motivó la
dimisión de su chief information officery vicepresidente ejecutiva de Servicios
de Tecnología; en Corea del Sur, un incidente similar motivó la renuncia de los
directores ejecutivos de KB Financial Group, NongHyup Card y Lotte Card.
Las vulneraciones pueden ocurrir en cualquier
país, en cualquier momento, y la omisión en el cumplimiento de las normas sobre
protección de datos personales y seguridad de la información incrementan el
riesgo de que ocurran, afectando a los clientes o consumidores, quienes pierden
confianza en la empresa, lo cual puede representarle importantes repercusiones
a ella y a su directiva, en adición a las cuantiosas multas que el Instituto
Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos puede imponer.
¿Cómo se implementa la protección de datos
personales?
En términos muy generales, las acciones a tomar
pueden resumirse de la siguiente manera:
Análisis. Es preciso identificar los canales
por donde se captan y fluyen los datos personales; los Titulares de quienes se
captan, las Finalidades a las que se destinan; los datos personales que son
tratados por la empresa; los repositorios donde son almacenados o tratados y
las personas externas a la empresa a quienes les son comunicados, ya sean
prestadores de servicios (“Encargados”), o bien socios comerciales u otros
(“Terceros”).
Designar a un privacy officer/department. Dependiendo de la sofisticación de
la empresa podría ser necesario estructurar un área multidisciplinaria (ie.
Admón., Legal, IT/Sistemas), o bastar con designar a un funcionario que
implemente y aplique la política de privacidad de la empresa.
Formalidades documentales. Éstas no se limitan
a un aviso de privacidad; la Ley y su Reglamento exigen varias más:
Seguridad. Se divide en física, administrativa
y técnica. Dependiendo de la sofisticación de la empresa y del sector en que
opere, podrían requerirse medidas más o menos complejas, certificaciones (ie.
ISO 27000), etcétera. Debe analizarse el margen entre las medidas existentes y
en operación, y aquellas faltantes que fueran necesarias.
Física. Aun cuando no se emplee seguridad perimetral
o vigilancia privada, es preciso asegurarse de que expedientes y carpetas sean
debidamente resguardados en locales cerrados, y que activos como equipo de
cómputo, servidores, etcétera, no puedan ser fácilmente retirados por personas
no autorizadas.
Administrativa. El acceso del personal debe ser
segmentado de acuerdo con los requerimientos de correspondientes labores.
Adicionalmente, los contratos de trabajo o prestación de servicios deben prever
la obligación de confidencialidad respecto de los datos personales de manera
indefinida, aun cuando el personal se separe de la empresa o deje de prestarle
sus servicios.
Técnica. Podría variar considerablemente, pero
hay denominadores comunes, como que los sistemas cuenten con cortafuegos y
programas contra malware(no solamente antivirus), que el personal establezca
factores de autenticación (nombres de usuario y/o passwords) conforme a reglas
de sintaxis robustas, que de ser necesario se recurra a la encriptación de la
información (como un certificado SSL en una página de comercio electrónico, o
de las máquinas del personal), etcétera.
Finalmente, es fundamental considerar que la
protección de datos no es un proyecto, sino un proceso en constante evolución,
ya sea porque se desarrollen nuevos productos y servicios que requieran privacy
by design, se den noticias del surgimiento de vulnerabilidades antes
desconocidas, o se lleve a cabo una operación corporativa por la que la
responsabilidad sobre las bases de datos deba ser transferida.
Rodrigo Orenday es abogado y maestro en
derecho, certificado como profesional en protección de datos personales, nivel
senior. Su práctica se especializa en cumplimiento normativo incluyendo
protección de datos personales.
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